Adición del plazo posesorio del causante a sus herederos, como medio de adquisición de la propiedad
Resumen
En la realidad sucesoria peruana, nos encontramos frente a recurrentes casos en los
cuales el causante poseedor no propietario muere sin haber ejercido su derecho de
acceder a la propiedad por medio de la usucapión. Ahora bien, el código civil vigente, no incluye expresamente, la posibilidad de que los plazos posesorios ejercidos por el causante pueden ser transmitidos a sus herederos con la finalidad de que estos últimos hagan efectivo el derecho de acceder a la propiedad mediante la usucapión, la cual, no fue solicitada por su causante en razón de la muerte. Si bien es cierto, existe jurisprudencia referente a este supuesto, sin embargo, la misma resulta ambigua e insuficiente. Es en tal sentido, que el autor propone la expresa regulación de estos supuestos en el código civil, con el propósito de que se incluya la posibilidad de adicionar el plazo posesorio del causante a los herederos que tomen posesión del bien objeto de una futura prescripción adquisitiva, lográndose de ese modo garantizar su derecho de acceso a la propiedad.
Esta investigación proporcionará un análisis comparativo de los sistemas legales
extranjeros, así como de la doctrina y jurisprudencia referente a la transmisión de
los plazos posesorios vía mortis causa.
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- Derecho [345]
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