“Interpretación de la Incomunicabilidad en las Circunstancias de Participación respecto a la Teoría de la Unidad del Título de Imputación Penal”
Resumen
Considerando que la incomunicabilidad de las circunstancias y cualidades a las
que hace mención el artículo 26 del Código Penal es tomada en cuenta por alguna parte
de la doctrina y jurisprudencia como la norma sobre la cual se sustenta la teoría de la
ruptura del título de imputación y advirtiéndose además que la teoría de la unidad del
título de imputación ha sido incorporada en el ordenamiento jurídico nacional mediante
Decreto Legislativo N° 1351 de fecha 07 de enero del año 2017 con la adición del tercer
párrafo del artículo 25 del Código Penal, el presente trabajo de investigación estuvo
orientado a determinar cuál es el correcto sentido del artículo 26 del Código Penal,
recurriendo al método de interpretación exegético, histórico y sistemático, para luego
verificar si dicha norma resulta contradictoria o compatible con la teoría de la unidad
del título de imputación; es decir para identificar o descartar una antinomia.
Lográndose determinar que la incomunicabilidad de las circunstancias y
cualidades tal como está regulado en el ordenamiento jurídico nacional, se circunscribe
a aquellas de naturaleza personal que se encuentran fuera del injusto penal, es decir a
nivel de la culpabilidad, la punibilidad y la determinación de la pena; de manera tal que
no resulta contradictoria con la teoría de la unidad del título de imputación, pues esta se
estudia dentro de la autoría y participación a nivel de la tipicidad como categoría del
delito y por consiguiente dentro del injusto penal.
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- Derecho [351]
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