Criterios jurídicos – dogmáticos para imputar el incumplimiento del deber de presumir la procedencia ilícita del bien en el delito de receptación, en el Distrito Fiscal de Lambayeque, 2019-2020
Resumen
El presente estudio de investigación “Criterios jurídicos – dogmáticos para imputar el
incumplimiento del deber de presumir la procedencia ilícita del bien en el delito de
receptación, en el Distrito Fiscal de Lambayeque, 2019-2020” tiene como fin investigar los criterios jurídicos-dogmáticos que se están utilizando en el Distrito Fiscal de Lambayeque para imputar penalmente el delito de receptación en cuanto al incumplimiento del deber de presumir la procedencia ilícita del bien como elemento subjetivo necesario para su configuración.
Actualmente, tanto en la praxis fiscal como en la judicial, es dificultoso demostrar que el autor tenía el “deber de presumir” la procedencia delictuosa del bien. En ese sentido, el fiscal al formular su imputación penal en el requerimiento acusatorio, tiene la hazaña de fundamentar correctamente con debido respaldo de los elementos de convicción o medios probatorios, que el investigado o procesado en virtud de su “rol social de ciudadano” (obediente al ordenamiento jurídico) ha incumplido el “deber de presumir” que el bien es de procedencia delictuosa.
Por lo tanto, esta investigación es necesaria debido a las constantes investigaciones aperturadas por la Fiscalía y los numerosos requerimientos acusatorios que se formulan imputando responsabilidad penal sobre el incumplimiento del deber de presumir la procedencia ilícita del bien, los cuales, por una falta de criterios jurídicos-dogmáticos utilizados en la imputación penal - que se formula en el requerimiento acusatorio - y un insuficiente material probatorio que sustente dicha imputación, los imputados son declarados inocentes por el juzgado penal competente, o en su defecto, son archivados en el control de acusación mediante la improcedencia de la acción penal o el sobreseimiento. Siendo ello así, con la presente tesis, se pretende cambiar esta presunta deficiencia y poder formular una correcta imputación penal sobre el “incumplimiento del deber de presumir la procedencia ilícita del bien” como elemento
subjetivo necesario para configurarse el injusto penal de receptación.
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- Derecho [351]
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