Impacto de la incorporación del delito de ecocidio, en los delitos contra los recursos naturales del código penal
Resumen
El presente trabajo de Investigación académica se base en un análisis acerca de los crímenes contra el medio ambiente, y que estos crímenes, los mismo que tienen una característica especial de que estos daños sean masivos, intensos, que afecten a una gran cantidad de poblaciones ecológicas, cuya recuperación tenga que invertirse mucho dinero, tiempo, especialistas, y que hoy por hoy el Perú no está preparado para afrontar atentados dolosos contra el medio ambiente, de esa magnitud, por lo que urge la imperiosa necesidad de Incorporar este delito de Ecocidio en el catálogo de penas contenidas en el Título XIII, concerniente a los Delitos Ambientales, en nuestro Código Penal vigente, por el Tipo de delito, por sus características, por su peligrosidad, y
porque no hay hasta ahora un tipo penal que castigue ejemplar y penalmente, a personas naturales, o jurídicas, sean estas nacionales o extrajeras, que causen con su comercio, industria u otra actividad económica o no económica un daño grave y masivo al ambiente, o a sus componentes.
El presente trabajo nos muestra como ante la evidencia de un daño, como ha pasado en el Caso de derrame de Petróleo en el mar de ventanilla, el mismo que no, se ha visto con la gravedad de que el caso lo amerita, su implicancias, el daño a grave y masivo a nuestro litoral, y cuya mitigación total del daño causado durará por años, también el daño que ocasiona la Minería Ilegal en los lavaderos de Oro de Huaypetuo, en el departamento de Madre de Dios, en las aguas arriba de la Cordillera del Condor, sitio inhóspito, pero que está siendo explotado por mineros ilegales, también sucede lo mismo en los ríos Canchis, y Chinchipe, en la provincia de San Ignacio, del departamento de Cajamarca,
los cuales, para su trabajo de explotación del Oro, Utilizan dragas, implementan plantas concentradoras artesanales, en las mismas balsas donde concentran el oro con el mercurio o azogue, el mismo que luego de ser utilizado es vertido sin ninguna contemplación a los mismos ríos causando graves daños a la salud de los seres humanos, a las plantas, y animales de vida acuática y aquellos que usan al rio como bebedero, y esos daños son para siempre, como son las intoxicaciones con mercurio, son irreparables en el ser humano, ya sea directamente al tomar y utilizar el agua de estos lavaderos de oro, o al consumir los peces de esos ríos, que acumulan gran cantidad de mercurio en su cuerpo, que no lo hacen apto para el consumo humano.
En esta investigación mostraremos como, el Estado Peruano, contando con un
respaldo constitucional, ya que se considera el binomio relacional entre medio
ambiente y derechos humanos, para poder hacer frente a este tipo de agresiones, no las ha implementado, quedando muchas de estas conductas impunes, o con penas y reparaciones civiles irrisorias, que no se asemejan a ningún país del hemisferio en donde han sucedido catástrofes como, la sucedida en los Estados Unidos, con el derrame de Petróleo por parte de REPSOL, a la cual le hizo pagar una suma millonaria por el atentado sufrido por su conducta negligente de esta Empresa, ya que como se ha explicado en la Doctrina Ambiental actual, el daño al ambiente, muchas veces es incalculable, irreparable.
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