El límite de contestación del artículo 367 del Código Civil y la identidad del menor en función a la verdad biológica
Resumen
El trabajo académico que se ha generado tuvo una dirección respecto a determinar el efecto que tiene el límite de contestación contemplado en el artículo 367 del Código Civil, el mismo que se observó en el ámbito jurisdiccional que se refiere a la impugnación de paternidad como proceso, delimitando las acciones de la judicatura hacia la aplicación del control difuso como una práctica constante sobre este tipo de casos, lo cual sale del campo de la excepcionalidad que ocupa al control difuso. Esta evaluación se
desarrolló con miras a reconocer la tendencia procesal como efecto, vinculada con la existencia de la garantía de la identidad del menor en función a la verdad biológica. Esta tarea se cumplió en base al uso del método lógico y la interpretación jurídica de la regla que participa en la impugnación de la paternidad de un menor, en tanto que se analizó desde la perspectiva exegética, comprensión literal, así como desde el campo sistemático, vinculación con el resto del ordenamiento jurídico, lo cual trajo como
resultado la verificación de un exceso en el control constitucional y en consecuencia el uso excesivo del sistema de justicia en cuanto a tiempo se refiere y economía procesal debiera controlarse. El resultado advierte la necesidad de realizar cambios en la estructura del artículo 367 a fin de modular los efectos del límite sugerido a fin de dar cabida a la verdad biológica y en función a ello garantizar de manera adecuada el acceso a la tutela procesal que le correspondería al padre biológico.
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- Derecho [348]
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