El criterio jurisdiccional objetivo sobre responsabilidad contractual o extracontractual del empleador y las condiciones para establecer medidas de seguridad laboral
Fecha
2025-06-30Autor
Martinez Balarezo, Ana Karelly
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Esta investigación titulada: “El criterio jurisdiccional objetivo sobre
responsabilidad contractual o extracontractual del empleador y las
condiciones para establecer medidas de seguridad laboral” tiene por objeto
revisar la atribución de responsabilidad contractual o extracontractual del
empleador, en función a la garantía de prevención que según la La Ley N°
29783 depende del empleador, regulación que presenta vacíos normativos que
afecta la prevención y la determinación de responsabilidad, que debe
contemplar condiciones normativas y éticas, así como el Convenio 155 de la
OIT, que afianza el principio de dignidad en el trabajo, además de la
capacitación para generar igualdad ante la presencia de grupos vulnerables.
Según lo observado del control que ejerce la Corte Suprema, adopta
el criterio de la responsabilidad objetiva del empleador ante los accidentes de
trabajo, basada en el principio pro operario y el riesgo profesional,
prescindiendo de la prueba de la culpa, puesto que basta con la demostración
de la existencia del accidente en el centro laboral. Modificándose ello al
incorporar el criterio subjetivo que requiere al trabajador la probanza del
carácter negligente del empleador, limitándose así la garantía de seguridad
del trabajador. Pese a la adopción del modelo extracontractual, se requiere la
ampliación de la garantía para cubrir vacíos del análisis como la capacidad
económica del empleador y los efectos del riesgo psicosocial. This investigation, entitled "The Objective Jurisdictional Criterion on
the Employer's Contractual or Extracontractual Liability and the Conditions
for Establishing Occupational Safety Measures," aims to review the
attribution of contractual or extracontractual liability to the employer, based
on the guarantee of prevention that, according to Law No. 29783, depends on
the employer. This regulation presents regulatory gaps that affect prevention
and the determination of liability, which must consider normative and ethical
conditions, as well as ILO Convention 155, which strengthens the principle
of dignity at work, in addition to training to generate equality in the presence
of vulnerable groups.
Based on the observations made regarding the Supreme Court's
oversight, it adopts the criterion of the employer's objective liability for
workplace accidents, based on the pro-operator principle and occupational
risk, disregarding proof of fault, since proof of the existence of an accident in
the workplace is sufficient. This has been modified by incorporating the
subjective criterion that requires the worker to prove the employer's
negligence, thus limiting the guarantee of worker safety. Despite the adoption
of the non-contractual model, the guarantee needs to be expanded to cover
gaps in the analysis, such as the employer's financial capacity and the effects
of psychosocial risk.
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