Las personas jurídicas en colaboración eficaz y la prueba prohibida como límite al ius puniendi contra el crimen organizado
Fecha
2025-11-03Autor
Santa Cruz Zamora, Gustavo Helenno
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
El principal objetivo cumplido en esta investigación se basa en que las
personas jurídicas no pueden ser pasibles de responsabilidad penal por tener
límites en lo subjetivo, siendo apropiada la observación en lo administrativo,
ello limita conceptualmente su participación en la colaboración eficaz al no
configurarse la declaración delatoria; pudiendo ello equipararse a los efectos
de la prueba prohibida como límite al ius puniendi aun cuando se trate del
crimen organizado, al carecer de legitimidad aquellas supuestas
declaraciones dadas por estos entes ideales.
Todo ello se ha logrado establecer utilizando el método de la
interpretación jurídica así como las técnicas de análisis de documentos,
análisis de casos y la encuesta, lo cual ha permitido denotar en la realidad la
condición exclusiva de responsabilidad para las personas jurídicas en el
ámbito administrativo, lo cual supone un límite a la colaboración eficaz, al no
poder crear estos entes ideales una declaración delatoria, que solo puede ser
ejecutada por una persona natural, lo cual se constituye en un efecto de la
prueba prohibida como límite al ius puniendi y sus excepciones en la lucha
del crimen organizado, de legitimidad respecto de las supuestas declaraciones
dadas por las personas jurídicas. Por todo ello se sugiere finalmente un
cambio normativo destinado a modificar la Ley N° 30737 en su
decimotercera disposición final referido a dicha participación de las personas
jurídicas. The main objective achieved in this research is based on the fact that
legal entities cannot be subject to criminal liability because they have
subjective limits, with administrative observation being appropriate, this
conceptually limits their participation in effective collaboration as the
declaration is not configured. informer; This can be equated to the effects of
prohibited evidence as a limit to ius puniendi even when it concerns organized
crime, as those supposed statements given by these ideal entities lack
legitimacy.
All of this has been established using the method of legal
interpretation as well as document analysis, case analysis and survey
techniques, which has allowed us to denote in reality the exclusive condition
of responsibility for legal entities in the administrative field. , which
represents a limit to effective collaboration, as these ideal entities cannot
create a declaratory declaration, which can only be executed by a natural
person, which constitutes an effect of the prohibited evidence as a limit to the
ius puniendi and its exceptions in the fight against organized crime, of
legitimacy regarding the alleged statements given by legal entities. For all
this, a regulatory change is finally suggested aimed at modifying Law No.
30737 in its thirteenth final provision referring to said participation of legal
entities.
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