La autonomía de la voluntad, los contratos predispuestos y la protección al consumidor
Fecha
2018-10-12Autor
Cevallos de Barrenechea, Carlos Manuel Antenor
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Esta Tesis titulada “La Autonomía de la Voluntad, los contratos predispuestos y la pro-
tección al consumidor”, es una investigación construida como resultado de una actividad
analítica sobre las corrientes doctrinarias y normativas actuales, que coinciden en admi-
tir que la contratación por adhesión si constituyen contratos, y se les distingue de las
estipulaciones generales contractuales abstractas que se vinculan a los contratos futuros.
Es de acuerdo a las normas inherente al “análisis económico del derecho” que su vigen-
cia se justifica, pensando en evitar crecidos costos, y a la par obtener mayor eficiencia,
dinámica y productividad; es también cierto que por su carácter masivo, y por ser más
creciente es que su ejercicio contractual predispuesto viene superando innegablemente
a la contratación paritaria, lo que nos obliga a que nos avoquemos a la reflexión dirigidas
a normas y principios fundamentales de estirpe tradicional a los contratos como lo es la
autonomía de la voluntad y conocer sobre si son ciertamente normas generales realmente
o son simplemente excepcionales; o debemos propender a las adecuaciones de dichas
normas de la contratación, sin abdicar a su naturaleza misma, pero adecuándolas a los
nuevos retos y vivencias, pero siendo necesaria la consolidación de la tutelar función
que corresponde al Estado, en la defensa – protección de los usuarios o consumidores
quienes somos más. This thesis, entitled “Autonomy of Will, Pre-drafted Contracts, and Consumer Protec-
tion,” is a research project developed through an analytical approach to current doctrinal
and regulatory trends. These trends agree that adhesion contracts do constitute contracts,
distinguishing them from abstract general contractual stipulations that are linked to fu-
ture contracts. According to the principles of economic analysis of law, their validity is
justified by the aim of avoiding high costs and simultaneously achieving greater effi-
ciency, dynamism, and productivity. It is also true that, due to their widespread use and
increasing prevalence, pre-drafted contracts are undeniably surpassing negotiated con-
tracts. This compels us to reflect on fundamental principles and norms of traditional
contract law, such as autonomy of will, and to determine whether these are truly general
norms or merely exceptional. Or we must strive to adapt these contracting regulations,
without abandoning their very nature, but adapting them to new challenges and experi-
ences, while also consolidating the protective function that corresponds to the State, in
the protection and defense of consumers or users who are more numerous.







