La presunción de inocencia en su vertiente de in dubio pro reo y el momento correcto para su aplicación.
Fecha
2019-03-04Autor
Gonzales Bazan, Leidy Elizabeth
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En los últimos tiempos, se ha visto la vulneración de la presunción de
inocencia, y no solo por los medios de comunicación sino por los
operadores jurídicos (policía, fiscales, jueces, peritos, etc.).
A pesar que somos un Estado democrático, y en nuestra Constitución
expresamente en el Art. 2 numeral 24 literal e, manifiesta que al imputado
se debe presumir inocente hasta que no haya una sentencia firme en su
contra, se observa la terrible vulneración de la presunción de inocencia en
sus diversas manifestaciones.
En el presente trabajo se tratará de abordar de una manera didáctica, en
qué consiste este principio de la presunción de inocencia como regla de
juicio, la aplicación del in dubio pro reo, y la sentencia que acoja esta figura,
contenga la debida motivación, pues no se busca que el (los) culpable (s)
quede (n) como inocente (s), ni tampoco que siendo inocente (s) quede (n)
como culpable (s), si no que se realiza un correcto uso de la figura
estudiada.
Se sabe que el derecho penal es un medio de control social formal, el más
violento, teniendo como forma de sancionar, la pena privativa de libertad, y
si fuera el caso de que alguien deba perder su libertad, lo más lógico y
correcto es que se demuestre su culpabilidad y ello se fundamente en una
sentencia, con la finalidad de garantizar un debido proceso, donde todos
los operadores jurídicos actúen bajo las reglas que el ordenamiento jurídico
impone, de lo contrario, no se puede privar a un ser humano, por la
represión social, o brindar una aparente seguridad jurídica a la sociedad.
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