Las raíces ideológicas del enfoque de género frente a la eficacia de la Ley № 30364.
Resumen
El 24 de noviembre de 2015 entró en vigencia la nueva Ley para prevenir, sancionar
y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar-Ley
N° 30364, cuyo texto normativo se enmarca en los mandatos contenidos en
instrumentos vinculantes de rango internacional, como la Convención sobre la
Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la mujer (CEDAW) y la
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
contra la Mujer (Belem Do Pará), entre otros. Asimismo, en nuestro ámbito jurídico
nacional, esta nueva norma no sólo deroga a la Ley N° 26260, Ley de Protección
frente a la Violencia Familiar, sino que también modifica los artículos: 45, 121-A,
121-B, 122, 337 y 338 del Código Penal, incorpora los artículos: 46-E y 124-B al
Código Penal, modifica el artículo 242 del Código Procesal Penal promulgado por
el Decreto Legislativo 957 y, finalmente, modifica el artículo 667 del Código Civil.
La presente investigación responde al inexistente cuestionamiento de la ratio legis,
“razón de la ley” o “razón legal” de la Ley N° 30364, que no es otra cosa que el
fundamento que ha inspirado el contenido y alcance de esta norma jurídica que
forma parte del vigente Derecho positivo peruano, para ser exactos del Derecho de
Familia, y que se hace necesario el análisis de dicha norma, en cuyo texto se ha
regulado entre otros enfoques el llamado Enfoque de Género, del que haremos un
vasto análisis sobre sus raíces ideológicas, y las posibles consecuencias de su
aplicación, en el tiempo.
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- Derecho [351]