La subjetividad jurisdiccional para la determinación de prisión preventiva ante la oscuridad procesal de sus presupuestos.
Resumen
Ante el uso desproporcionado de la prisión preventiva en nuestro país por los operadores
de justicia, se ha establecido una dinámica perversa de creer que nuestra sociedad
solucionará sus problemas de inseguridad ciudadana y la falta de honestidad haciendo uso
coercitivo de esta, transformando nuestra idiosincrasia de una sociedad igualitaria y de
respeto de los derechos humanos al de una sociedad punitiva.
El funcionalismo, abre una explicación racionalista de la política criminal peruana, esto
ha creado una carta abierta para que no se respeten los principios básicos de la presunción
de inocencia y la legalidad de las medidas limitativas de derechos.
Dentro de los presupuestos de la prisión preventiva, se describen tres aspectos que el
juzgador ha de contemplar para su determinación; en la práctica procesal se puede
observar, dado a que carecen de exactitud o claridad para lograr subsumir a las realidades
que se presentan ante cada imputado pasible de tal medida; la necesidad de clarificar de
manera indubitable, los aspectos fundamentales para dictar la prisión preventiva para los
imputados que se encuentren en etapa de investigación, sin dejar algún presupuesto que
genere la intromisión de la presión mediática en la toma de su decisión.
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- Derecho [286]