Precisiones Jurídicas A La Excepcionalidad De La Defensa Técnica Legal En Los Procesos Por Faltas: Cuando La Solución Del Conflicto Llega Mediante Conciliación
Resumen
La presente tesis ha sido denominada como “Precisiones jurídicas a la excepcionalidad de la
defensa técnica legal en los procesos por faltas: cuando la solución del conflicto llega mediante
conciliación”,la misma que contó con un marco referencial que integró planteamientos teóricos
como, antecedentes de las faltas, bases teóricas, concepto y los tipos de faltas tipificadas en
nuestro código penal, el trámite del proceso, antecedentes de la conciliación, su concepto, los
antecedentes y concepto del derecho de defensa, entre otros; además contó con la redacción de
las normas que nuestra sistema jurídico nacional e internacional alberga respecto de los derechos
de defensa, así como el derecho comparado en diversos países con respecto a la conciliación.
Se ha planteado como hipótesis la supresión inicial y excepcional de la defensa técnico-legal
en los procesos por faltas haya su sustento en la conclusión del proceso por conciliación de las
partes, la mínima trascendencia del conflicto jurídico y en la vigencia plena del derecho de
defensa de los justiciables (Chiclayo, 2015-2017). El objetivo general que se ha formulado es
Acreditar que supresión inicial y excepcional de la defensa técnico-legal en los procesos por
faltas se encuentra sustentada en la conclusión del proceso por conciliación de las partes, la
mínima trascendencia del conflicto jurídico y en la vigencia plena del derecho de defensa de los
justiciables, según estudio de casos tramitados durante los años 2015 – 2017 en los Juzgados de
Paz Letrado de la Ciudad de Chiclayo.
En consecuencia, se hace indispensable una nueva perspectiva en la legislación peruana,
específicamente en nuestro Código penal, en el sentido que se propone al final del presente
estudio, cuyo alcance investigativo no pretende que se agote el tema, sino todo lo contrario que
sirva para que se realicen muchos más trabajos de investigación y que se contribuya con una
adecuada normatividad en relación a los procesos por faltas que se dan por terminadas mediante
una conciliación.