Criminalización de conductas relativas a técnicas de manipulación genética distintas a la clonación, en el Código Penal Peruano.
Fecha
2019-11-28Autor
Gonzáles Fernández, Rocío del Pilar
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El presente estudio aborda una problemática de actual relevancia, esto es, la
necesidad de incorporar como modalidades delictivas diversas conductas
relativas a técnicas de manipulación genética, distintas a la clonación (que ya
se encentra regulada en el artículo 324 del Código Penal, tales como i. Creación
de embriones supernumerarios, ii. Criocongelación de embriones, iii.
Experimentación y destrucción de embriones no implantados, iv. Selección y
discriminación genética y v. Modificación genética eugenésica no terapéutica,
de cara a la realidad de nuestro país en donde se vienen aplicando dichas
técnicas, producto de los avances biotecnológicos, en forma indiscriminada por
parte de los laboratorios y clínicas de fertilidad y en total impunidad debido a
la carencia de una regulación legal tanto administrativa como penal, para lo cual
estableceremos los fundamentos científicos, ius-filosóficos y jurídicos en los
cuales apoyaremos nuestra postura materializada en la hipótesis e
identificaremos cual es el bien jurídico y objeto de protección penal.
Asimismo, se contrastará nuestra legislación penal sobre el actual tipo penal de
Manipulación genética que solo contiene como modalidad típica a la clonación
humana, con otras legislaciones.
Es de Derecho Comparado, en donde si se regula el uso indebido de las
técnicas de manipulación genética arriba mencionados; que en conjunto
permitirá plantear una propuesta sobre la incorporación al Código Penal de
algunas técnicas de Manipulación Genética, en base a la correcta
determinación del, o los bienes jurídicos tutelados y delo objeto de protección
penal de los mismos.