La condena del imputado absuelto y el recurso de casación penal
Fecha
2017-10-10Autor
Guerrero Saavedra, José Alberto
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
El derecho a que toda decisión judicial sea revisable se ha elevado a
la categoría de garantía fundamental del proceso, y este derecho se
fortalece cuando en una sentencia condenatoria al procesado se le priva
de su derecho a la libertad ambulatoria.
Sin embargo, al parecer dicho derecho no se estaría garantizando
con la vigencia del artículo 425.3.b) del Código Procesal Penal que si bien
prescribe la posibilidad de la sentencia condenatoria para los procesados
absueltos en primera instancia, lo cierto es que no se ha previsto el
derecho al recurso de revisión de la sentencia, pues el recurso
impugnatorio de casación no constituye un recurso en el que se podrá
actuar pruebas, constituyendo sólo una constatación de supuestos
normativos, pero sin que los jueces supremos estén en condiciones de
evaluar la impugnación con las facultades que confiere el recurso de
apelación.
Frente a esto, el presente estudio busca establecer la procedencia
de dicha institución, pues se advierte que por constituir la apelación un
juicio, muy bien se puede arribar con conclusiones de sentencia
condenatoria, siempre y cuando se proceda a garantizar el derecho del
procesado a recurrir ante una instancia superior para que en apelación de
la sentencia condenatoria, se pueda encontrar pronunciamiento que
garantice el debido proceso y que permita la revisión del fallo
condenatorio.
Por economía procesal, por el hecho que se debe dar respuesta
pronta a las partes sobre el resultado del proceso, se considera que se
debe mantener vigente la norma penal que permite la condena del
absuelto, sin dejar de considerar las habilitaciones formales que
previamente deberán realizarse.
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