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dc.contributor.advisorGuillermo Piscoya, Juanes_PE
dc.contributor.authorMendo Cajo, Gerardoes_PE
dc.date.accessioned2019-11-28T05:32:29Z
dc.date.available2019-11-28T05:32:29Z
dc.date.issued2019-11-28es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12893/7421es_PE
dc.description.abstractEste trabajo contiene el estudio de los efectos de la aplicación del principio de proporcionalidad en la interpretación de los derechos fundamentales por el Tribunal Constitucional peruano; principio constitucionalizado en el último párrafo del artículo 200º de la Constitución. El Tribunal Constitucional, para resolver las colisiones entre derechos fundamentales, utiliza el principio de proporcionalidad como técnica para la solución de casos o, para determinar cuál interés jurídico debe prevalecer frente a otro que se le opone; pero no se ha establecido la eficacia de las resoluciones emitidas en estos casos; pues, si la Constitución coloca en un mismo rango un conjunto de bienes o interese jurídico, el intérprete debe en principio tratarlos como tal, por lo que el punto de partida para el análisis es igual valor de los bienes constitucionalmente amparados; por esta razón, el problema quedó formulado: ¿Qué efectos produce la Aplicación del Principio de Proporcionalidad, en la Interpretación de los Derechos Fundamentales por el Tribunal Constitucional Peruano?; interrogante que condujo plantear como hipótesis: “La aplicación del principio de proporcionalidad en la interpretación de los derechos fundamentales no produce resoluciones eficaces, por parte del Tribunal Constitucional peruano”. Esta investigación parte del estudio teórico, análisis de sentencias y las informaciones recogidas, conforme el diseño de investigación; cuyos resultados obtenidos validará la hipótesis. Después del análisis de los resultados, se determina que las decisiones del tribunal constitucional, utilizando el principio de proporcionalidad, no son eficaces porque este principio no permite optimizar en su interpretación a los derechos fundamentales, si no los sacrifica, sin tener en cuenta que todo precepto constitucional, se encuentran reconducidos a la protección de los derechos fundamentales, como manifestaciones del derecho de dignidad humana, cuya defensa y respeto es el fin supremo de la sociedad y el Estado.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional Pedro Ruiz Galloes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/es_PE
dc.subjectTribunal Constitucionales_PE
dc.subjectDerecho Constitucionales_PE
dc.subjectDerechos de las Personases_PE
dc.titleEl Principio de Proporcionalidad y la Interpretación de los Derechos Fundamentales por el Tribunal Constitucional Peruano.es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_PE
thesis.degree.nameMaestro en Derecho con mención en Constitucional y Gobernabilidades_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Escuela de Posgradoes_PE
thesis.degree.disciplineDerecho con mención en Constitucional y Gobernabilidades_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#maestroes_PE
renati.discipline421227es_PE


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