La Ausencia de Culpa en la Responsabilidad Médica
Resumen
En la actualidad somos testigos que cada día se incrementan más los reclamos tanto
por pacientes o sus familiares que terminan en demandas por Responsabilidad Civil
Médica, ello en virtud a que se sospecha que no se brindó una adecuada prestación
de servicio y por consiguiente no hubo una buena relación médico – paciente.
Una vez instaurada la demanda al médico, específicamente como responsabilidad
extracontractual por actuar con culpa, se argumenta que el médico no cumplió con el
deber genérico de no causar un daño y como consecuencia debe indemnizar por el
supuesto daño causado.
Esta posición no solo se encuentra regulada en nuestro ordenamiento jurídico
nacional sino también es la que predomina en la doctrina nacional y extranjera. Sin
embargo el medico frente a esta acción deberá acreditar que cumplió con el deber
diligencia y con el procedimiento debido con lo cual se liberaría de responder ante la
demanda de indemnización.
No obstante, la carga de la prueba que se invierte en contra del médico y que
mencionamos en el párrafo precedente, la cual en los casos que se demuestra que no
se incurrió en ninguna omisión que desencadenará el daño no resulta totalmente
convincente para el demandante ni para los abogados de la comunidad jurídica.
En ese sentido resulta importante tomar en cuenta que en lo referente a este tema
existe el criterio creciente de la unificación de la Responsabilidad Civil contractual y
extracontractual y por consiguiente consideramos en la presente investigación que
resulta aplicable los criterios de la responsabilidad objetiva a la subjetiva, los cuales
deberían ser demostrados por el Profesional Médico demandado de tal manera que
permita tanto ante el poder judicial como a la parte demandante dejar satisfecho que
el resultado si es que no resulta atribuible a aquel es porque está relacionado a un
hecho de la víctima, hecho de tercero o a un caso fortuito o iatrogenia.