Reestructuración del régimen paterno filial
Resumen
La institución que en nuestra sociedad llamamos paternidad no es algo monolítico sino
que puede concebirse como un conglomerado de distintas relaciones. De hecho, el haz de
derechos y obligaciones que forman parte de este estatus puede desglosarse en varias
ramas: por ejemplo, algunos de los deberes del padre derivan del hecho de ser el presunto
progenitor del niño; otros pueden emanar de su condición de esposo de la madre; otros,
de asumir la responsabilidad social de su educación, y así sucesivamente.
Esto tiene consecuencias en términos políticos y jurídico-constitucionales; por lo que nos
preguntamos ¿sé tendrá que adecuar el sistema normativo a la realidad científica,
para proporcionar a los operadores del derecho las herramientas y mecanismos
legales para resolver los conflictos de intereses o incertidumbres jurídicas? esto es la
verdadera filiación o identidad biológica. A fin de; a)reestructurar todo el régimen de
la sociedad paterno-filial sustentando en un régimen de determinación abierto; b)
Reconocer el derecho que tiene toda persona a acudir a los tribunales con el fin de
establecer una filiación legal que corresponda a su filiación real; c) Dejar sin efecto la
prohibición de investigar la paternidad por ser un rezago del sistema prohibitivo de
investigación de la paternidad; d)Lograr el reconocimiento pos-facto de la paternidad
extramatrimonial; e) Respetar el derecho del niño a preservar su identidad biológica. Por
lo que concluimos que la legislación que impide la investigación de la paternidad, vulnera
principios y derechos fundamentales, por lo que requiere de una inmediata
reestructuración, a fin de reconocer como único mecanismo para resolver conflictos
sobre filiación a las pruebas científicas u otras pruebas genéticas(ADN) con igual o
mayor grado de certeza