Reconocimiento de la unión igualitaria constitutiva de una familia a partir de la inscripción del matrimonio igualitario extranjero.
Fecha
2019-08-13Autor
Zapata Guerrero, Milagros Del Pilar
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En la presente investigación se planteó como objetivo general: “Determinar el
reconocimiento de la STC N° 2863-2012-0-1801-JR-CI-08, por la que se declara
procedente la inscripción en el registro civil del matrimonio igualitario de peruano
celebrado en el extranjero, como fundamento constitucional válido para el
reconocimiento legal de la unión igualitaria constitutiva de una familia que permita
promocionar el principio de igualdad de trato ante la ley de las minorías sexuales”, por
lo cual su diseño responde a una investigación en su forma básica, de tipo explicativa,
dada que su finalidad está orientada a la determinación de los fundamentos contenidos
en la sentencia que permitió la inscripción registral del matrimonio igualitario realizado
en el extranjero en el Registro Civil nacional, circunstancia que precisamos como
fundamento constitucional válido para el reconocimiento de la unión igualitaria que
conlleva a establecer el modo de reconocer una nueva forma de constitución familiar.
Para lograr corroborar nuestra hipótesis: “Si, se reconociera que la STC N° 28632012-0-1801-JR-CI-08,
por la que se declara procedente la inscripción en el registro
civil del matrimonio igualitario de peruano celebrado en el extranjero, contiene el
fundamento constitucional válido para el reconocimiento legal de la unión igualitaria
constitutiva de una familia; entonces, se promocionará el principio de igualdad de trato
ante la ley de las minorías sexuales (Chiclayo-2019)”, se utilizó la técnica de encuesta y
como instrumento se utilizó un cuestionario que fue elaborado en base a las
dimensiones e indicadores de nuestras variables.
Después de ser aplicado el cuestionario, los resultados fueron procesados en tablas
y gráficos los que posteriormente fueron adecuadamente analizados con miras a una
correcta discusión de los resultados. Es por ello que, en base a nuestros resultados se
concluye que existe acuerdo con los fundamentos expuestos en la sentencia N° 28632012-0-1801-JR-CI-08,
porque
exponen
la
protección
del
derecho
a
fundar
una
familia
y
a
la
igualdad
de
las
minorías
Sexuales.