La incorporación del delito de feminicidio como parte de la política criminal y su eficacia en la lucha contra la violencia a la mujer a partir de las sentencias emitidas por los juzgados penales de Lambayeque, 2014-2016
Resumen
La agresión a la mujer siempre ha sido un tema recurrente en muchas culturas de la humanidad. Se la había considerado como un objeto al servicio del varón, y muchas veces se pensaba que resultaba ser un ser inferior que debía obediencia, sin capacidad para pensar, sin derecho a opinar, sin derecho a ser escuchado, pero sobre todo considerada como objeto de castigo merecido.
Sin embargo, esta visión machista de observar el papel de la mujer, se ha mantenido a pesar que el tiempo ha pasado, y a pesar que la mujer ha sido ganando espacios importantes en las diferentes esferas de la vida nacional: en educación, en la política, en la administración de justicia, en las fuerzas policiales y las fuerzas armadas, aún subsiste en pleno siglo XXI muchas formas de agresión psicológica y física contra la mujer, llegando incluso a atentar contra su vida, siendo lamentablemente esto un hecho que va en crecimiento.
Por ello, los estados, entre ellos el Perú, ha decidido operativizar una serie de políticas orientadas a proteger a la mujer y erradicar toda forma de violencia que mancilla su honor, pero sobre ataca su naturaleza de ser humano, y por ello la respuesta de repente más represiva contra los feminicidios ha sido la de criminalizar dicha conducta, de tal forma que cualquier atentado contra la vida de una mujer a partir de su misma condición, deberá ser entendida como un ilícito penal cuya sanción no resulta ser menor de treinta años de pena privativa de la libertad.
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Pero, el sólo hecho de criminalizar al extremo dicha conducta basta para contrarrestar las agresiones contra la mujer? Sobre esto versa el presente trabajo, que en buena cuenta resulta ser una aproximación a medir la eficacia de la lucha contra la agresión a la mujer a través de la vigencia de la figura del feminicidio.