La promoción de la acción penal sobre violencia familiar psicológica y la garantía constitucional de tutela jurisdiccional efectiva a favor de la mujer, a partir de casos en la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Casma, periodo 2016 -2017
Fecha
2019-06-07Autor
Sánchez Susanivar, Julia Maria del Rosario
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La violencia psicológica es también una de las agresiones que
caracterizan la violencia contra la mujer, y es por ello que a fin de combatirla
los legisladores en el Perú convinieron en tipificar dicha agresión y para ello, el
Ejecutivo puso en vigencia el artículo 122- B del Código Penal vigente. Sin
embargo, este tipo penal de violencia psicológica muy poco aporta a la
represión de violencia contra la mujer, primero porque el tipo penal resulta estar
incompleto, y segundo porque con el derecho penal nunca puede haber una
acción de prevención general por cuanto el derecho penal siempre actúa
posteriormente, cuando el delito ya se consumó.
Por esta razón, el presente trabajo de investigación se estableció
como problema de investigación el contenido de la siguiente pregunta: ¿Con la
promoción de la acción penal sobre violencia familiar psicológica, el Estado
cumple con la Garantía Constitucional de Tutela Jurisdiccional Efectiva a favor
de la mujer agredida, a partir de casos en la Segunda Fiscalía Provincial Penal
de Casma, periodo 2016 -2017?
Luego de acopiado el material teórico, se analizó el material fiscal a
través del análisis de disposiciones de archivo, y se pudo verificar que en
efecto la inviabilidad del artículo 122 – B del Código Penal resulta manifiesta al
resultar casi inaplicable en los diversos casos en los que se presenta
únicamente la investigación referido a violencia psicológica, sobre esto versa la
presente investigación.