La Indebida Aplicación del artículo 16 de la Ley N° 30364, por los Operadores de Justicia en los Juzgados Especializados de Familia de Chiclayo entre noviembre del 2015 a enero del 2017
Fecha
2018-03-06Autor
Condor Villalta, Magali Janeth
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En el presente trabajo de investigación se ha investigado el problema
"Que factores influyen para que los Operadores de Justicia en los Juzgados
Especializados de Familia de Chiclayo, no fijen las audiencias orales dentro del
plazo de setenta y dos horas conforme a lo establecido en el artículo 16 de la
Ley N° 30364 -Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las
Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar”; tema de investigación de gran
importancia porque genera la vulneración de los derechos fundamentales a la
tutela judicial efectiva de la demandante; la investigación se llevó a cabo a
través de la recopilación de información teórica sobre autores tanto nacionales
como internacionales, así también se llevó a cabo a través de la recopilación de
datos proporcionados por los Juzgados Especializados de Familia de la ciudad
de Chiclayo y una encuesta aplicada a los Jueces y secretarios de los Juzgados
Especializados de Familia de Chiclayo; Finalmente, luego de efectuada la
investigación se obtuvo como principales resultados la misma deficiencia de la
Ley N° 30364, la misma que no logró los niveles de satisfacción social para la
población y generó indefección en los recurrentes a la administración de justicia
así como logró fortalecer la inseguridad jurídica y más aún aumentó la
desconfianza en el poder judicial.