Limitaciones jurídicas del comité de vigilancia para la ejecución de los presupuestos participativos 2017 y 2018 de la Municipalidad provincial de Ferreñafe.
Fecha
2019-12-05Autor
Mendoza Yesquen, Violeta Teresita de Jesus
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La provincia de Ferreñafe, ha venido experimentando problemas que limitan
la participación ciudadana, lo que se observa nítidamente en el proceso de
formulación y ejecución del presupuesto participativo, habiéndose ensayado
diversas y sucesivas estrategias para motivar y comprometer a la ciudadanía
incidiendo desde la difusión, la propaganda y la comunicación hasta la asunción de
compromisos con los dirigentes vecinales y demás organizaciones sociales, pero
siempre los resultados han concluido siendo poco alentadores.
El Comité de Vigilancia, este se encuentra enmarcado en el Reglamento del
Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados de la Municipalidad
Provincial de Ferreñafe para el año 2017 aprobado por Ordenanza 010-2016-CMPF
y también en el del año 2018, concorde con la Ley No 28056 - Ley Marco del
Presupuesto Participativo, el D.S. No 142-2009-EF. El Comité de Vigilancia se
circunscribe a dos tareas generales: a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del
Presupuesto Participativo; y b) informar el incumplimiento de los mismos.
La presente Tesis tienen como objetivo: Determinar los aspectos jurídicos no
contemplados en la Ley N° 28856 y su Reglamento por D.S. N° 142-2009-EF que
limitan el cumplimiento de las funciones del Comité de Vigilancia en los procesos
de presupuesto participativo.
Asimismo, en la presente investigación se utilizaron técnicas cualitativas para
solicitar información a la Municipalidad Provincial de Ferreñafe sobre ejecución de
los procesos de presupuesto participativo 2017 y 2018; haciendo uso de las
técnicas cualitativas se realizó una entrevista a 2 miembros integrantes de los
Comités de Vigilancia de éstos procesos. Se tiene en cuenta que es una
investigación con técnica descriptiva - explicativa y se hizo uso de los
procedimientos: deductivo, inductivo, exegético y analítico – sintético.
Se concluye que : Existe un vacío jurídico que no contempla una relación
directa y estrecha entre los comités de vigilancia de los procesos de presupuesto
participativo de los años fiscales 2017 y 2018, con la Contrataría General de la
República, entendiendo que el Sistema Nacional de Control del Perú es único e
integral
Colecciones
- Derecho [351]