El procedimiento de acusación constitucional a altas autoridades en el Congreso de la República
Resumen
En el análisis de la realidad constitucional peruana, podemos observar una serie de situaciones que podrían permitir el estudio de diferentes áreas disciplinarias. La realidad peruana así presenta un panorama sumamente amplio y complicado de evaluar, principalmente porque la “realidad social” no siempre se relaciona con la “legislación” y ello nos permite desarrollar para este punto específico, una serie de respuestas que generan otra particularidad en el modo de su evaluación. Así es posible responder la anterior cuestión con la presentación de que en casos de contradicción entre la norma y la realidad surge la evolución del derecho, que se expone en casos judiciales. Otra respuesta podría ser, que los quiebres sociales no pueden ser admitidos y frente a ello surge el derecho penal, como mecanismo coercitivo del Estado para poder volver a regular una situación social que se ha descontrolado. En este ámbito, surgen muchas respuestas que eventualmente pueden tener validez y puedan responder a la pregunta inicial: ¿Qué sucede en caso de vacío normativo? La respuesta podría pensarse que está focalizada sólo al ámbito penal o eventualmente al ámbito administrativo, que son en esencia las “áreas jurídicas” con mucha mayor actividad en la realidad nacional. Un error que usualmente se frecuenta y que en la presente tesis se pretende explicar, toda vez que es la legislación la que es “incompleta”, principalmente cuando tiene que juzgar situaciones especiales, generalmente provocadas por sus “Altas Autoridades”, quienes en el ámbito laboral-funcional-político y constitucional ocupan las principales plazas del Estado, como: El Presidente de la República, los Congresistas de la República, los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la República, los Fiscales Supremos, los miembros de los Órganos Constitucionales Autónomos, conforme se detalla de la complementación de los artículos 99° y 100° de la Constitución. Surge por ello una cuestión: ¿Cómo entonces se ejecuta una “Acusación Constitucional” cuando alguno de estos funcionarios, que ocupan una “Alto” puesto en el Estado son sometidos al imperio de la Ley? La cuestión que genera una mayor complicación al ámbito de estudio, está vinculado al derecho parlamentario que es una sub especialización del derecho constitucional y nos permite detallar que existen situaciones en las cuales la legislación no ha sido desarrollada y no logramos ubicar una fuente objetiva y directa que nos explique la razón de dicho contexto. Eventualmente en la ejecución de la presente investigación, hemos evaluado una serie de fuentes de información que nos han permitido determinar la razón de nuestro inicial punto de investigación: ¿Por qué no existe un procedimiento parlamentario para determinar las responsabilidades constitucionales y políticas de un funcionario considerado en un Alto Cargo en el Estado?
La razón parte del análisis del artículo 93o de la Constitución y es que el mandato imperativo es ajeno a la labor parlamentaria y bajo esta condición, los Congresistas de la República optan por evaluar temporalmente cada caso que provoca la interpretación de los procedimientos parlamentarios de acusación constitucional. Ante este contexto es que nuestra motivación por generar un procedimiento específico, en aras de cumplir con el principio de legalidad, en la máxima instancia política y constitucional del país, nos permite sostener los alcances de la presente tesis.