La protección del derecho de propiedad de bien inmueble no inscrito en Registros Públicos frente a terceros y la seguridad jurídica
Resumen
El presente trabajo aborda el problema de actual coyuntura relativo a buscar solucionar un aspecto problemático de la realidad inmobiliaria en nuestro país ante la inseguridad jurídica que actualmente implica adquirir un bien inmueble no inscrito aún en el registro respectivo, al no poderse saber a ciencia cierta si ha existido un acuerdo de voluntades previo entre el vendedor y un tercero, al tener un sistema consensualista de transferencia de la propiedad que no exige mayor condición que la sola obligación de enajenar el bien. De este modo tenemos que la tendencia mayoritaria, considera necesaria la transición de un sistema registral declarativo a uno constitutivo que significa que el derecho de propiedad nacería con la inscripción en Registros Públicos, siendo que el aporte de nuestra propuesta está orientado a conservar nuestro actual forma de transferencia de propiedad en el cual dicho derecho real nacería con el acuerdo de voluntades entre deudor (transferente) y acreedor (adquirente), se debe señalar que los bienes inmuebles inscritos en los registros públicos gozan de seguridad jurídica registral, sin embargo, en lo que respecta a bienes inmuebles no inscritos en los registros públicos, debe añadirse como requisito la traditio o entrega material de la cosa, traducida en la ocupación o posesión concreta del bien, conforme se desarrollará en la investigación, tomando en cuenta posturas doctrinarias afines y jurisprudenciales que validen nuestra hipótesis.