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dc.contributor.advisorChavarry Correa, Ezequiel Baudelioes_PE
dc.contributor.authorEdquén Campos, Máximoes_PE
dc.date.accessioned2021-09-27T05:28:26Z
dc.date.available2021-09-27T05:28:26Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12893/9563
dc.description.abstractLa investigación, “Afectación del debido proceso por indebida aplicación de la ley No. 30364: caso Chota – Cajamarca 2016-2018”, tiene como propósito conocer si los operadores de justicia que laboran en la provincia de Chota, garantizan el debido proceso en los casos seguidos por violencia contra las mujeres. Se delimitó la provincia de Chota, donde se encontró un universo poblacional de 835 casos procesados durante el periodo 2016-2018. De esta población se tomó una muestra no probabilística de 135 expedientes sentenciados por violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. Se analizó informes policiales, acusaciones fiscales y respectivas sentencias judiciales de la muestra; también se realizó una encuesta a los ciudadanos sentenciados en esa muestra. Tras el estudio de casos y discusión de los resultados se determinó que los operadores de justicia que laboran en la provincia de Chota aplican indebidamente la ley 30364, “ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar”. La aplicación indebida de esta ley afecta el debido proceso: derecho de defensa, derecho a la presunción de inocencia, derecho a la igualdad ante la ley, derecho al juez imparcial. Asimismo, son afectados los principios de suficiencia probatoria y mínima intervención del derecho penal, derechos y principios garantizados por la Constitución y las normas internacionales. Los casos estudiados y corroborados con datos de la encuesta evidencian insuficiencia probatoria, pues un alto porcentaje de procesados resulta condenado con la sola declaración de la agraviada más un certificado médico legal o pericia psicológica; los procesados de sexo masculino son discriminados por su condición de tal; se sanciona penalmente el maltrato psicológico y económico, sin consideración del principio de mínima intervención del derecho penal. Se sugiere implementar una política de educación formativa integral, desde la infancia, en los diferentes niveles educativos, priorizando la salud mental de niños y niñas, conforme al principio de igualdad y no discriminación entre mujeres y varones.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional Pedro Ruiz Galloes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rightsAtribución-CompartirIgual 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/*
dc.subjectLeyes_PE
dc.subjectViolenciaes_PE
dc.subjectMujeres_PE
dc.titleAfectación del debido proceso por indebida aplicación de la Ley N°. 30364: caso Chota - Cajamarca 2016-2018es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesises_PE
thesis.degree.nameDoctor en Derecho y Ciencia Políticaes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Escuela de Posgradoes_PE
thesis.degree.disciplineDerecho y Ciencia Políticaes_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00es_PE
renati.author.dni27372502
renati.advisor.dni17939636
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/ 0000-0002-7219-0312es_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/nivel#doctores_PE
renati.discipline421056es_PE
renati.jurorBalcazar Zelada, José Maríaes_PE
renati.jurorArana Cortez, Miguel Arcángeles_PE
renati.jurorSilva Muñoz, Carlos Alfonsoes_PE


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