Tipificación de la Prueba Electrónica como mecanismo autónomo en los delitos de Child Grooming. Chiclayo 2018
Fecha
2022-09-30Autor
Bautista Tinsec, Brian Johannes Fernando
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente investigación busca establecer que, si la víctima tiene entre catorce y menos de dieciocho años y es medio engañada, la pena no podrá ser menor de tres o más años e inhabilitación en términos de los artículos 1, 2, 4 y 9 del artículo 36 del Código Penal. Así mismo la actual investigación se desarrolla con la finalidad de poder incorporar la prueba electrónica dentro del concepto amplio de la prueba documental, en donde la autonomía procesal recurre a un procedimiento probatorio, que funciona para generar confianza en torno a una declaración relacionada con el desempeño. Sin embargo, con
esta investigación se requiere agilizar el proceso probatorio y poder incrementar como un medio la prueba documental, protegiendo a los derechos fundamentales y las garantías de los dispositivos técnicos sin llegar a que se ejerza una manipulación y fragmentación de los datos. Se encuentra tipificado por el art. 5 de la Ley de Delitos Informáticos Ley N. °30096, con los nombres de producción de niños, niñas y jóvenes para el sexo por tecnología. El delito ha sufrido diversos cambios desde sus inicios, como es el caso del art. 1 de la Ley 30171 de 10 de marzo de 2014, o la última, vigente, proclamada el 4 de agosto de 2018, mediante la Ley 30838, que reforma el Código Penal y el Código de Ejecución para fortalecer la prevención y sanción de los delitos
contra la libertad y la culpa sexual.
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- Derecho [345]
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