Responsabilidad del empleador frente a los accidentes laborales en el teletrabajo
Fecha
2024-03-11Autor
Piscoya Gonzales, Hilda Manuela
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
La pandemia generada por la Covid-19 ha generado muchos debates legales, uno de ellos ha sido la forma de regulación de la prestación de los servicios laborales, ello debido a la imposibilidad de concurrencia física por parte de los trabajadores a sus centros laborales y puedan realizar sus labores desde la comodidad de su casa o desde cualquier parte del país y/o del mundo, sin detener la prestación de servicios profesionales. Si bien es cierto dicha figura brinda efectos positivos muy importantes, ello también ha significado el avance de la regulación de las modalidades laborales, pero aún existen diversos problemas que envuelven a dicha figura.
Uno de estos problemas es la responsabilidad del empleador en relación a los accidentes laborales que pudiese sufrir el teletrabajador. Esto en razón de que, el teletrabajo exime al trabajador de concurrir físicamente a su centro laboral, por lo que, este pudiese prestar sus servicios desde cualquier parte del mundo, en ese sentido, la necesidad de determinar la responsabilidad del empleador en función a la naturaleza del teletrabajo es un problema aun latente en nuestro sistema jurídico.
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