Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.advisorHernández Rengifo, Freddy Widmares_PE
dc.contributor.authorGonzáles Torres, Isela Irenees_PE
dc.date.accessioned2019-11-28T05:32:25Z
dc.date.available2019-11-28T05:32:25Z
dc.date.issued2018-03-02es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12893/7378es_PE
dc.description.abstractLas grandes manifestaciones del derecho a la presunción de inocencia es el derecho del ciudadano, en virtud de esa presunción, de no colaborar con su propia condena o más precisamente a decidir si desea voluntariamente introducir alguna información al proceso. Esta posibilidad de optar libremente no es otra cosa que el ejercicio de su derecho a declarar. La presunción de inocencia que presupone un desplazamiento de la carga de la prueba hacia quien acusa, impide que se puede hacer recaer en el inculpado la obligación de declarar o de aportar elementos de prueba que lo lleven a su propia incriminación. Puede decirse entonces que el derecho fundamental de presunción de inocencia junto al derecho de defensa, son los que dan origen al derecho a la no incriminación. No está demás remarcar que el fundamento de todos estos derechos se basan en la dignidad de la persona y su ubicación en un Estado Constitucional, todo lo cual caracteriza a los sistemas procesales garantistas. Este derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable o simplemente el "derecho a la no incriminación" se presenta además como expresión del derecho de defensa: el imputado como sujeto del proceso tiene el derecho a defenderse y hacerse oír. El interrogatorio del procesado, es uno de los momentos procesales importantes, donde el imputado se enfrenta a la administración de justicia y todo lo que quiera o no quiera declarar debe ser tomado como un acto de autodefensa. La no incriminación es una modalidad de autodefensa pasiva, es decir "la que se ejerce precisamente con la inactividad del sujeto sobre el que recae o puede recaer una imputación, quien, en consecuencia, puede optar por defenderse enel proceso en la forma que estime más conveniente para sus intereses, sin queen ningún caso pueda ser forzado o inducido, bajo constricción o compulsiónalguna a declarar contra sí mismo o a confesarse culpable". La prohibición de cualquier acto que perturbe o vicie esa voluntad de declarar o de no hacerlo y las salvaguardas necesarias para cautelar esta libertad es lo quese conoce como la garantía y/o derecho a la no incriminación. Visto así, "La finalidad de dicho principio es la de excluir la posibilidad de obligaral imputado de cooperar activamente en la formación de la convicción sobre símismo y la forma de conseguirlo es mediante la prohibición de utilizar en elproceso cualquier declaración del imputado que haya sido conseguido mediantela violación del principio del cual nos ocupamos". Una mirada analítica nos obliga además enmarcar el derecho a la noincriminación dentro de la libertad a declarar del ciudadano. Esta libertad tienedos expresiones, una negativa y otra positiva, esto es, la libertad de declarar yde no hacerlo 4 . Este último es lo que se conoce como el derecho a guardar silencio. Este derecho fundamental exige "la prevalencia de la libertad y espontaneidad de aquel (del declarante), y el necesario respeto a sus derechos y garantías constitucionales, tanto en cuanto al hecho de declarar como al contenido de susdeclaraciones. Supone por tanto, la invalidez de lo obtenido por vías directa oindirectamente vulneratorias de aquellos, cualesquiera que sean". Una declaración voluntaria que realice el inculpado en su contra no infringe elderecho a la no incriminación, esta declaración es la confesión, que comosabemos tiene una importancia que no es "concluyente ni excluyente" en lo queactividad probatoria se refiere. Si bien, algunos han señalado que el derecho a la no incriminación tiene la particularidad de ser un derecho renunciable. Esta renuncia está supeditada indefectiblemente a la voluntad de quien declara en su contra, es decir de quien confiesa libre y voluntariamente. El derecho a la no incriminación es el derecho que tiene una persona a no ser obligado a declarar, por lo cual al declarar libremente no existe el elemento de "obligatoriedad" que lo lleva a autoincriminarse, por lo que en estricto y en teoría nos encontramos fuera del ámbito de vulneración de este derecho, ya que el otro extremo, consentir a ser obligado a declarar es inadmisible. Sin embargo el tema de la libertad presenta múltiples aristas. El derecho a la no incriminación requiere de una libertad sin condicionantes de ningún tipo. Precisemos que la libertad no sólo se encuentra condicionada por la coacción física o moral. Hoy, la tendencia del Derecho procesal Penal a inclinarse a un criterio de eficiencia ha llevado a formular los llamadas acuerdos de conformidad y de colaboración eficaz, que condicionan la libertad con la promesa de menor pena e incluso de exención. A ello hay que agregar que la coyuntura propia de un espacio amenazador, léase el oscuro cuarto de interrogatorio de una dependencia policial o militar, las intervenciones de las comunicaciones, etc., también limitan la capacidad de decidir. KIRSCH ha sido claro al respecto al señalar que una política criminal dirigida a buscar la eficacia, "conducirá tarde o temprano a la desaparición del principio de la libertad e autoinculparse, que se perderá en el túnel de la historia jurídica para nunca más volver"es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional Pedro Ruiz Galloes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/es_PE
dc.subjectDerecho a declarares_PE
dc.subjectDeclaraciones policialeses_PE
dc.subjectDeclaraciones del inculpadoes_PE
dc.titleEl Derecho a la no Incriminación y la Tutela de los Derechos Fundamentales en las Comisarias de Lima Centroes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_PE
thesis.degree.nameMaestro en Derecho con mención en Constitucional y Gobernabilidades_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Escuela de Posgradoes_PE
thesis.degree.disciplineDerecho con mención en Constitucional y Gobernabilidades_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#maestroes_PE
renati.discipline421227es_PE


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem

info:eu-repo/semantics/openAccess
Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como info:eu-repo/semantics/openAccess
Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo

Calle Juan XXIII 391 Lambayeque - Perú | Telf. 283146 - 283115 - 282120 - 282356

Todos los contenidos de repositorio.unprg.edu.pe están bajo la Licencia Creative Commons v.4.0

repositorio@unprg.edu.pe