Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.advisorGálvez Herrera, Heribertoes_PE
dc.contributor.authorFernández Fiestas, Frida Marcelinaes_PE
dc.date.accessioned2019-11-28T05:32:35Z
dc.date.available2019-11-28T05:32:35Z
dc.date.issued2014es_PE
dc.identifier.otherBC-TES-4409
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12893/7495es_PE
dc.description.abstractReferimos a las uniones de hecho en el Perú es hablar de una situación común en gran mayoría de familias, la misma que está amparada en el Artículo 5 de la Constitución y en el Código Civil en su Artículo. 326, precisándose que las uniones de hecho, originan una sociedad de bienes, sujeta al régimen de la sociedad de gananciales, en cuanto le fuere aplicable, siempre que haya durado por menos dos años continuos, advirtiéndose que los bienes de la unión de hecho que quedan incorporados a la comunidad no son propios y no existe copropiedad; según las normas vigentes dicho régimen se aplica en cuanto fuere compatible a los bienes concubinarios, de allí la necesidad de definir la llamada sociedad o comunidad de bienes, a su vez en las sentencias de reconocimiento de la existencia de un concubinato que tiene efectos retroactivos se llega a una situación irregular que se debe analizar, resultando paradójico que antes de los dos años los bienes no conforman ninguna sociedad pero que al ser reconock;la judicialmente pase a constituir la comunidad; surgiendo por ende las interrogantes: ¿si no han transcurrido dos años los bienes qué naturaleza tienen?, ¿Qué régimen resulta aplicable?, ¿Son propios si solo se adquirieron por uno de los concubinas?, ¿existe copropiedad si se acredita aportes de ambos convivientes?, ¿existe la sociedad de bienes o la de gananciales?. Estas interrogantes nos permiten plantear con urgencia alternativas que la ley puede definir, optando por un enfoque doctrinario distinto que permita cumplir a cabalidad la función tuitiva que desempeña el Estado frente a los intereses de la familia.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional Pedro Ruiz Galloes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/es_PE
dc.subjectUnioneses_PE
dc.subjectHechoes_PE
dc.subjectProtecciónes_PE
dc.subjectRelacioneses_PE
dc.subjectPatrimonialeses_PE
dc.subjectEquiparableses_PE
dc.titleLas uniones de hecho frente a la protección de las relaciones patrimoniales equiparables a las existentes en el matrimonio civil como alternativa para superar la carencia de un marco jurídico completo en el que no se define la sociedad o comunidad de bienes, aplicándose la sociedad de gananciales, previo reconocimiento de su existencia como único régimen patrimoniales_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_PE
thesis.degree.nameMagíster en Derecho con mención en Civil y Comerciales_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Escuela de Posgradoes_PE
thesis.degree.disciplineDerecho con mención en Civil y Comerciales_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00es_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#maestroes_PE
renati.discipline422087es_PE


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem

info:eu-repo/semantics/openAccess
Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como info:eu-repo/semantics/openAccess
Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo

Calle Juan XXIII 391 Lambayeque - Perú | Telf. 283146 - 283115 - 282120 - 282356

Todos los contenidos de repositorio.unprg.edu.pe están bajo la Licencia Creative Commons v.4.0

repositorio@unprg.edu.pe