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dc.contributor.advisorPonte Durango, Ricardoes_PE
dc.contributor.authorMechan Gonzales, Luis Jesuses_PE
dc.date.accessioned2019-11-28T05:32:37Z
dc.date.available2019-11-28T05:32:37Z
dc.date.issued2019-09-05es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12893/7513es_PE
dc.description.abstractCon la presente investigación lo que se ha desarrollado es un tema acuciante en el sistema carcelario y su relación con la Prisión Preventiva en los Juzgados Penales de Chiclayo, toda vez que la Prisión Preventiva es una medida cautelar de carácter personal, cuya finalidad acorde con su naturaleza, es la de garantizar el proceso en sus fines característicos y el cumplimiento de una futura y eventual pena futura a imponerse. No podría asignársele a esta medida una naturaleza tal que la haga devenir como una medida de seguridad o incluso en una pena anticipada, ya que sería violatoria de la Presunción de Inocencia, ello debido a que dicha medida está limitada por reglas de legalidad, proporcionalidad, provisionalidad, temporalidad y variabilidad. El Nuevo Código Procesal Penal aduce como presupuesto material para poder dictar mandato de Prisión Preventiva, la existencia de razonables elementos de convicción acerca de la pertenencia del imputado a una organización delictiva o de su reintegración a la misma, advirtiendo que podrá utilizar los medios que ella brinde para facilitar su fuga o la de otros imputados (Art. 268-2).Dicho código constituye un apoyo referente a la enunciación de supuestos para calificar el Peligro de Fuga y el Peligro de Obstaculización, ya que en la práctica judicial no ha sido homogénea y en algunos casos fue arbitraria y subjetiva. El abuso del mandato de Prisión Preventiva, es decir, personas que, pese a que debería tener la presunción de inocencia, han sido enviadas a un penal a la espera de su juicio, por lo que, según las Leyes Peruanas y las Normas Internacionales, la Prisión Preventiva debe ser una medida excepcional y debe adoptarse solo cuando se juntan tres factores: el indicio de culpabilidad, una pena mayor a cuatro años y el peligro de fuga. Con respecto al número de procesados y condenados, el caso del Establecimiento Penitenciario de Chiclayo-Ex Picsi, el número de procesados es mayor que el número de condenados, frente a este problema el investigador plantea algunas propuestas de solución. EL AUTOR.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional Pedro Ruiz Galloes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/es_PE
dc.subjectMedida cautelares_PE
dc.subjectSistema carcelarioes_PE
dc.subjectPresunción de inocenciaes_PE
dc.titleLa Aplicación Excesiva de la Prisión Preventiva y sus Consecuencias Jurídicas en los Juzgados Penales de Chiclayo.es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_PE
thesis.degree.nameMaestro en Derecho con mención en Ciencias Penaleses_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Escuela de Posgradoes_PE
thesis.degree.disciplineDerecho con mención en Ciencias Penaleses_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00es_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#maestroes_PE
renati.discipline421057es_PE


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