El delito de colusión y los delitos contra la fe pública en el sistema de concursos de delitos
Resumen
Para la probanza de la concertación en el delito de colusión desleal, generalmente se debe
recurrir a la prueba indiciaria, la cual se obtiene del análisis del contexto de una contratación
pública u operación a cargo del Estado. Es así que, no en pocos casos, pueden encontrarse
conductas típicas de los delitos de falsedad, en sus diversas modalidades. Ante ello, resulta
necesario determinar adecuadamente el tipo de concurso de delitos aplicable cuando concurre
el delito de colusión desleal y los delitos de falsedad, ya que la jurisprudencia no es unánime
al respecto. Se siguió el método de las entrevistas semiestructuradas a diversos especialistas en
delitos contra la administración pública, luego de lo cual el autor concluyó que los
administradores de justicia deben analizar y sustentar un eventual concurso real entre ambos
delitos, en base a los siguientes criterios: i) agraviados distintos, que advierte un hecho distinto,
ii) momentos configurativos o consumativos distintos, que resalta la distinción de los hechos
delictivos, iii) los elementos típicos de los delitos de falsedad no están contenidos en el tipo
legal de colusión, que guarda relación con concepción del delito medio dentro del concurso
real, iv) la naturaleza tipológica distinta entre el delito de colusión y los delitos de falsedad,
que se relaciona con la ubicación sistemática de los delitos en la estructura del código penal. To prove collusion in the crime of unfair competition, circumstantial evidence is generally
required, which is obtained by analyzing the context of a public procurement or operation
carried out by the State. Thus, in many cases, typical conduct constituting the crime of forgery,
in its various forms, may be found. Therefore, it is necessary to properly determine the
applicable type of concurrence of offenses when the crime of unfair competition and the crimes
of forgery occur together, as jurisprudence is not unanimous on this matter. The semi-structured
interview method was used with various specialists in crimes against public administration.
Following this, the author concluded that judges must analyze and substantiate a potential
concurrence of offenses between the two crimes based on the following criteria: i) different
victims, indicating a distinct act; ii) distinct moments of constitution or consummation,
highlighting the distinction between the criminal acts; iii) the typical elements of forgery are
not contained in the legal definition of collusion, which relates to the concept of the
intermediate offense within the concurrence of offenses; and iv) the distinct typological nature
of collusion and forgery, which relates to the systematic placement of offenses within the
structure of the penal code.
Colecciones
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